Política preventiva y represiva

 Cabe recalcar según mi criterio que ambas surgen a raíz de las actividades delictivas o la criminalidad presente en la mayoría de estados, con la diferencia que una ocupa una solución o abordamiento rápido, ya que es posterior a la actividad delictiva es decir es post-delictiva, por lo cual se debe tratar la actividad delictiva con rapidez, ya que podría volver a consumarse más hechos delictivos de la misma naturaleza y en muchas ocasiones perpetrados por el mismo delincuente, la cual hace referencia a la política represiva;  mientras que otra lo que busca es prevenir acciones futuras, es decir que no se lleguen a desarrollar o consumarse las acciones delictivas, por lo cual se ponen en ejecución diversos tipos de barreras preventivas en relación a la actividad criminal que se quiera prevenir y  demás acciones que tienen como fin la no realización de la actividad delictiva. Seguidamente se presentara un extracto donde se permite observar que se entiende por política preventiva “Las políticas de prevención del delito exigen adoptar medidas en los lugares en los que se encuentran las causas del problema, por lo que es importante determinar los factores responsables de la inseguridad y del delito” (Hernández, 2020 ). Algunos aspectos de importancia dentro de la política preventiva, son por ejemplo, la prevención comunitaria, en conjunto con organizaciones estatales, así como también la teoría de la prevención situacional, nos aporta gran información en relación a los huecos o aspectos que favorecen el crimen, por ejemplo: existencia de charrales, existencia de lotes baldíos sin cercar, inexistencia de cámaras de seguridad, ni alumbrado público, entre otros aspectos que facilitan la consumación del crimen, por lo cual se deben implementa barreras preventivas para poner trabas o dificultar el accionar criminal de los delincuentes. Seguidamente se presentara una imagen relacionada con lo anterior.


Imagen 3: política criminal (Jimenez, 2021 )

Por el contrario la política represiva según mi criterio se encuentra entrelazada con leyes y ordenamientos jurídicos, ya que esta surge a partir de la actividad delictiva consumada o perpetrada, por lo cual se desarrollan análisis criminológicos, indagación en todo aquellos que nos brinden elementos de prueba claros y concisos, para lograr identificar el victimario y detenerlo, para desarrollarle todo el procedimiento jurídico, es decir se trabaja con el hecho delictivo como tal, no con sus causas, lo cual corresponde a la política preventiva. Cabe recalcar que en ocasiones se aumenta la severidad de las penas, es decir penas más largas e inclusión de modificaciones para hacer un alcance más extenso, lo anterior como medida represiva y que además posea una doble función, donde lleve a los criminales a pensar dos veces antes de realizar el acto delictivo, sin embargo este último aspecto no aporta muchos aspectos positivos, por el contrario si aumenta el hacinamiento carcelario, el cual la mayoría de ciudadanos activos del país, aportan a la solvatación o el cubrimiento de gastos de las personas privadas de libertad, es decir en su mayoría solo provee aspectos no muy satisfactorios, caso contrario si implementaríamos políticas preventivas, en donde mediante los escenarios propensos, analizaríamos la situación, desarrollando un posible adelantamiento a las acciones criminales, con ello desarrollando las barreras preventivas que más nos favorezcan, teniendo como resultado que la acción delictiva no se desarrolle, sin embargo por lo costos financieros y demás, en muchas sociedades no es implementada como se deberían de implementar, por el contrario se recurre a la políticas represivas, las cuales también son de gran importancia, ya que aunque se desarrollaran todas las barreras preventivas posibles, el crimen siempre va a persistir y evolucionar, por lo que todas las acciones y actividades implementadas después de la actividad delictiva, para conocer al responsable y que este responda ante la justicia, son de gran importancia, en especial para que un crimen no quede impune, es decir que el victimario reciba la sanción concerniente al quebrantamiento del ordenamiento jurídico. Por lo cual una combinación de ambas, promovería muchos aspectos positivos en las ciudadanías, tal como se muestra en el siguiente video, donde ambas políticas están complementadas, y tienen el mismo objetivo, el cual es combatir la delincuencia.



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